miércoles, 1 de julio de 2009

Fin de las tarifas de itinerancia abusivas

Fin de las tarifas de itinerancia abusivas: los costes de los mensajes de texto, las llamadas y la navegación en Internet en el extranjero van a caer en picado a partir de hoy gracias a la actuación de la UE

A partir del hoy, enviar un mensaje de texto desde el extranjero en la UE costará un 0,11 euros como máximo, casi tres veces menos que la media anterior comunitaria de 0,28 euros (sin IVA). Hacer una llamada en itinerancia en otro país de la UE no deberá costar más de 0,43 euros por minuto y recibirla, no más de 0,19 euros. Desde hoy, las llamadas salientes en itinerancia se cobrarán por segundo, después de los primeros 30 segundos, en vez de por minuto, y las llamadas entrantes se cobrarán por segundo desde el primer segundo. Los turistas y los viajeros de negocios también podrán también navegar en Internet, descargar películas o enviar fotos a través de su teléfono móvil sin temer unas facturas de itinerancia escalofriantes gracias a un límite máximo al por mayor de 1 euro por megaocteto (MB) descargado. Se espera que todas estas medidas rebajen un 60 % más los costes de la itinerancia para los consumidores de la UE y que fomenten el uso del teléfono móvil. La UE actuó en primer lugar en materia de itinerancia en 2007 al reducir en un 70 % el coste de las llamadas vocales en itinerancia.

Según Viviane Reding, Comisaria de Sociedad de la Información y Medios de Comunicación, «a partir del hoy, todos los europeos que hagan llamadas o que envíen textos con sus teléfonos móviles pueden vivir el mercado único de la UE sin fronteras. Las tarifas de itinerancia abusivas están llegando a su fin gracias a la determinación de la Comisión Europea, del Parlamento Europeo y de los 27 Estados miembros de la UE. Espero que las nuevas normas comunitarias en materia de itinerancia hagan mucho más barato navegar en Internet con su móvil estando en otro país de la UE. Por ahora, las normas comunitarias se limitan a la reducción de los cánones cobrados entre operadores. Insto al sector de la telefonía móvil a repercutir rápidamente estos ahorros en los clientes de los servicios de datos en itinerancia. La Comisión y los reguladores nacionales vigilarán muy atentamente las tarifas de los servicios de datos en itinerancia y evaluarán el año que viene si el mercado de la itinerancia por fin está siendo competitivo».

Las nuevas normas comunitarias en materia de itinerancia aplicables a partir de hoy:

- limitan los precios al consumo de enviar mensajes de texto desde el extranjero a 0,11 euros (sin IVA), frente al promedio actual de 0,28 euros;

- reducen aún más los precios de las llamadas móviles en itinerancia. Desde hoy, los límites máximos son 0,43 euros para las llamadas efectuadas desde el extranjero y 0,19 euros para las llamadas recibidas, y bajarán el 1 de julio de 2010 a 0,39 y a 0,15 euros, respectivamente, y a 0,35 y 0,11 euros, respectivamente, el 1 de julio de 2011 (precios por minuto, sin IVA). Hasta ayer, el precio máximo era de 0,46 euros para las llamadas hechas en el extranjero y de 0,22 euros para las llamadas recibidas. En el verano de 2005, antes de las medidas de la UE, una llamada en itinerancia en la UE podía costar unos 1,70 euros por minuto para un cliente alemán en itinerancia en Austria, 1,47 euros para uno británico en itinerancia en Italia y 2,50 euros para un belga que llamase de Chipre (MEMO/05/247);

- introducen la facturación por segundo a partir de los 30 primeros segundos para las llamadas efectuadas en el extranjero en itinerancia y desde el primer segundo para las llamadas recibidas. Hasta ahora, los consumidores pagaban hasta un 24 % más que el tiempo usado realmente al hacer o recibir llamadas.

- reducen el coste de navegar en Internet y de descargar películas o programas de vídeo a través del teléfono móvil en el extranjero, con un nuevo límite máximo al por mayor de 1 euro por MB descargado, frente a un precio al por mayor medio de 1,68 euros por MB, con máximos en Irlanda (6,82 euros), Grecia (5,30 euros) y Estonia (5,10 euros). El límite máximo al por mayor para las descargas se rebajará durante los dos próximos años a 0,80 euros en 2010 y a 0,50 en 2011. Se informará a los consumidores de lo que abonarán por los servicios de datos, ya que las nuevas normas disponen que los operadores de telefonía móvil faciliten a sus clientes (mediante mensajes de texto o ventanas emergentes) información gratuita y propia a cada país sobre las tarifas de itinerancia cuando entren en otro Estado miembro y recurran a los servicios de datos. Las nuevas normas protegerán a los consumidores contra las facturas escalofriantes al introducir un mecanismo de interrupción cuando la factura alcance los 50 euros, a menos que se elija otro límite de interrupción (recientemente, un alemán que había descargado un programa de TV en itinerancia en Francia recibió una factura de 46 000 euros). Los operadores tienen hasta marzo de 2010 para establecer el límite de interrupción.

Las nuevas normas sobre itinerancia, que se basan en el primer Reglamento comunitario sobre itinerancia (IP/07/870), se aplicarán hasta el verano de 2012. El Parlamento Europeo y el Consejo han pedido a la Comisión que informe sobre el funcionamiento de las nuevas normas para el verano de 2010. La Comisión podría proponer entonces otras normas, si procede, para finales de junio de 2011.

Antecedentes:

El Reglamento comunitario sobre itinerancia de 2007 introdujo unos límites máximos o «eurotarifas» para las llamadas realizadas y recibidas al viajar por la UE. Como consecuencia, los consumidores con itinerancia acogidos a las eurotarifas han ahorrado una media del 70 % respecto a 2005, antes de que la UE actuara.

En 2008, después de revisar las normas sobre itinerancia, la Comisión propuso prorrogarlas durante tres años, añadiéndoles nuevas normas sobre los mensajes de texto y los servicios de datos. El Parlamento Europeo aprobó, por una gran mayoría, las nuevas normas comunitarias en materia de itinerancia en abril de 2009 (IP/09/620), seguido por el Consejo de Ministros de Telecomunicaciones el 8 de junio (IP/09/880).

Desde la toma de posesión de la Comisión actual en 2004, el uso del teléfono móvil ha pasado del 84,6 % al 119 % de la población total de la UE (IP/09/473).

Para una descripción de las tarifas de la itinerancia por países de la UE, véase el sitio de Internet comunitario sobre itinerancia:

http://ec.europa.eu/information_society/activities/roaming/index_en.htm

MEMO/09/309

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